SUCESOS EN LA LOCALIDAD 18.

 

LA AUTORIDAD DE LA ALCALDESA Y EL DEBATE SOBRE LA CONSTRUCCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS LOCALES.

Por: Marco A Cañón B "Mauca"

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En el marco del ejercicio del poder público, resulta esencial garantizar el respeto por las competencias y potestades atribuidas a los gobernantes locales, especialmente en su papel de líderes en la formulación de políticas públicas que impacten directamente a sus comunidades. En este sentido, las recientes vacilaciones del colectivo jurídico asesor de la alcaldesa Diana Carolina ha generado un debate trascendental sobre la capacidad de la mandataria para intervenir, liderar y decidir en los procesos de construcción de políticas públicas en la localidad.

La alcaldesa Diana Carolina, en su calidad de máxima autoridad local, posee competencias claramente definidas en los marcos legales y constitucionales que regulan la administración pública en Colombia. Su responsabilidad no solo radica en la administración de recursos, sino también en la promoción de mecanismos participativos que incluyan las voces de la ciudadanía en la formulación de políticas efectivas y sostenibles. Sin embargo, la blanda intervención del colectivo jurídico asesor, al cuestionar su autoridad, pone en tela de juicio elementos clave como:

La autonomía administrativa: La alcaldesa, como representante del Estado en la localidad, goza de autonomía para dirigir los planes y programas en concordancia con las necesidades comunitarias.

Mandato constitucional: El artículo 287 de la Constitución Política de Colombia garantiza a las entidades territoriales la capacidad de gestionar sus intereses dentro del marco de la ley.

Texto original: El articulo 287 de la Constitución Política Colombiana establece” que las entidades territoriales gozan de autoridad y autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de La Constitución y la Ley.

La legitimidad política: Elegida democráticamente, Diana Carolina cuenta con la confianza del gobierno central y el respaldo ciudadano local para implementar y desarrollar las políticas públicas que reflejen el sentir, las necesidades y las prioridades del territorio.

 Competencias de las Alcaldías Locales.

 frente a debates generados.

 

 

Aspecto

Competencia de la Alcaldía

Cuestionamiento del Colectivo Jurídico

Implicaciones del Debate

Formulación de políticas públicas

Liderar la construcción y priorización de políticas según las necesidades locales.

Alegan “dudan” que ciertas intervenciones exceden su mandato legal.

Posible freno en la ejecución de programas estratégicos.

Autonomía en la toma de decisiones

Diseñar estrategias que respondan a la realidad del territorio.

Indican falta de consulta previa con instancias superiores.

Riesgo de centralización excesiva

Participación comunitaria

Impulsar procesos inclusivos para recoger propuestas ciudadanas.

Argumentan que los métodos actuales no garantizan representatividad plena.

Desafío en consolidar mecanismos democráticos.

 

La tensión originada por estas diferencias podrían derivar en un estancamiento de los procesos administrativos y políticos, afectando la implementación de políticas clave para el desarrollo de sus comunidades y de la localidad. No obstante, es imprescindible que tanto la alcaldía como sus asesores jurídicos recuerden que la gobernanza moderna demanda una visión integradora, donde el ejercicio del poder no sea visto como un espacio de conflicto, sino como un escenario de colaboración.

NOTA E.

El liderazgo de la alcaldesa Diana Carolina en la construcción de políticas públicas refleja el desafío cotidiano de los mandatarios locales en Colombia. Equilibrar la autonomía constitucional con las demandas de un entorno jurídico y político complejo. El debate suscitado por las dudas del colectivo jurídico asesor pone de relieve la necesidad de fortalecer los marcos legales que respalden y clarifiquen la autoridad de los alcaldes en el ejercicio de sus funciones, asegurando así que las decisiones tomadas en beneficio de la comunidad no se vean obstaculizadas por interpretaciones restrictivas.

PREGUNTA: ¿Sera acaso verdadera la duda presentada, o será mas el querer colocar un palo en la rueda de la administración?

Amanecerá y veremos.

El mandato Constitucional establece que la participación social es la columna vertebral responsable del crecimiento y desarrollo del país.

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